Derechos emigrantiles
¿Y si todavía estoy en el extranjero pero quiero retornar? ¿Como me informo de mis derechos?
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- Escrito por Magdalena Fdez
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Desde nuestra Asociación se informa de forma individualizada y pormenorizada no sólo a los emigrantes yá retornados a nuestra Cominidad, sino también a todos los que aún permanecen en el exterior y ya se están plantenado regresar a casa, principalmente sobre los trámites previos al retorno y documentación necesaria al respecto, para que de esta manera el proceso del retorno se lleve a cabo lo más felizmente posible.
Para ello contamos con una dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. donde te puedes poner en contacto vía online o diréctamente a través de nuestra página Web rellenando el formulario de contacto y nuestro técnico te contestará sobre todas las cuestiones que necesites resolver relacionadas con la baja consular, descuentos en viajes de retorno, documentación laboral necesaria para tramitar las ayudas pertinentes en los organismos españoles, situación económica y laboral de la provincia donde se pretenda regresar y en definitiva todo lo que necesites saber para retornar felizmente y planificar tu nueva vida en casa.
También puedes contactar con nosotros si estas pensando en salir fuera de España y te surgen miles de dudas, igualmente nuestro personal intetará despejar todas tus cuestiones para que la nueva emigración, pueda ser mejor planificada y se convierta en una aventura positiva.
Como tramitar mi pensión si no tengo documentos
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- Escrito por Magdalena Fdez
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¿Podría tramitar mi pensión por el extranjero si no conservo ningún documento que demuestre mi trabajo en el exterior?
¡Si!, efectivamente puedes.
Puede ocurrir que debido al tiempo transcurrido, ya no se conserve ningún documento que demuestre el trabajo desarrollado en el exterior (nóminas, contratos, etc...).
Desde la Asociación, a través de nuestro equípo jurídico , nos ponemos en contacto con las diferentes embajadas en el exterior para rescatar los periodos de actividad laboral y cotizados en los países objeto de emigración y una vez cumplidos los requisitos necesarios para poder acceder al tipo de pensión que corresponda, se procede a tramitar la correspondiente solicitud, junto con el certificado de vida laboral rescatado para el reconocimiento de la futura pensión.
tiempo mínimo de trabajo en el extranjero para tener derecho a pensión
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- Escrito por Magdalena Fdez
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¿Cuanto tiempo de trabajo cotizado hace falta acreditar en el extranjero para poder tener derecho a una pensión llegado su momento?
Depende claro está del país objeto de emigración, a modo de ejemplo, en Alemania se requiere un año mínimo de trabajo para generar derecho a pensión, siendo el periodo de carencia, teniendo en cuenta el cómputo comunitario, de 5 años en total, computando todos y cada uno de los periodos donse se haya demostrado actividad laboral.
Lo que hayas cotizado en difierentes países siempre se adiciona, lo cual significa que si has trabajado tanto en países de la Unión Europea como fuera de ella, existiendo convenio, todos esos periodos cotizados serán tenidos en cuenta para calcular tu pensión en concepto de jubilación.
Esta suele ser la norma generalizada pero a modo de exepción Francia establece la edad general para solicitar pensión a los 62 años teniendo que acreditar un número determinado de trimestres cotizados en el país en función del año de nacimiento para poder obtener la pensión completa.
Como se puede comprobar, cada país tiene su propia legislación laboral que establece los requisitos específicos tanto de periodos de cotización como de edad exigidos para poder acceder a pensión tanto de jubilación como de viudedad/orfandad e invalidez, prestación y/o ayuda correspondientes, por lo tanto, si has emigrado sea el país que sea, no dudes en ponerte en contacto con nosotros y estudiaremos tu caso con detenimiento para conseguir reclamar tus derechos laborales si ya cumples con los requerimientos pertinentes o ir preparando y solicitando la documentación acreditativa del periodo laboral en cuestión, en el caso de que ya no conseves los documentos necesarios para gestionar la pensión que corresponda.